IBSN 1512-04-04-16

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miércoles, 3 de febrero de 2021

Tema 8: Adjudicación de tierras


Tema 8: La Adjudicación de tierras




La adjudicación es un procedimiento administrativo previsto en la ley de tierras y desarrollo agrario (LDTDA) mediante el cual el Estado a través del Instituto Nacional de Tierras (INTI) otorga o transfiere el derecho de propiedad agraria sobre sus tierras a los sujetos beneficiarios de la ley, los cuales se agrupan, vale la pena recordar, en dos categorías:

·       Sujetos Beneficiarios (art. 13) 
·       Sujetos preferentes (art. 14, 17, 7º y 20)



La LDTDA garantiza a los benefiados con la adjudicación lo siguiente:
 

El procedimiento de adjudicación sigue los siguientes pasos:





El INTI recibe la solicitud y sus recaudos, instruye un expediente y decide en 30 días hábiles la procedencia o no de la solicitud (art. 60 y 61). El expediente contendrá:





El acto que otorgue la adjudicación deberá, además, indicar el plan de desarrollo productivo a ser desarrollado en la parcela por el adjudicatario, de acuerdo a los planes establecidos por el Ejecutivo Nacional (art. 62).



Para pensar: ¿cuáles son los planes del Ejecutivo Nacional en materia de agraria y de seguridad agroalimentaria? ¿dónde puede el productor encontrarlos? ¿existen esos planes a nivel de municipio agrícola, a nivel de finca?

Características de la propiedad agraria (la llamada propiedad sui géneris) en la ley de tierras y desarrollo agrario:

  • Limitada solo al uso y disfrute, no a la disposición
  • El uso y disfrute es con fines agroalimentarios
  • Expresamente se prohíbe la enajenación (art. 12)
  • Prohibición expresa de constituir hipoteca (art. 11)
  • Solo se permite un solo tipo de gravamen: el de prenda sobre la cosecha. No sobre la tierra en si (art. 11)
  • Está excluida toda negociación a terceros no autorizada por el INTI. El sujeto beneficiado por la transferencia deberá comprometerse a trabajar la parcela por lo menos durante tres años, al cabo de los cuales podrá ser favorecido con el título de adjudicación (art. 65).
  • La adjudicación transfiere la posesión legítima de las tierras productivas, transferibles, a su vez, por herencia. Los derechos emanados del título de adjudicación no podrán ser enajenados (art. 66)
  • La adjudicación otorgada es revocable por el INTI, cuando adjudicatario no haya cumplido el compromiso de trabajar la tierra (art.67).
  








 













 Fin tema 8



 


 





11 comentarios:

  1. si le quiero ceder esas tierras que se me han adjudicado a un tercero que debo hacer?

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    1. renuncia a ellas y que el tercero pida adjudicación a los 3 años

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  2. Esa adjudicación del terreno por parte del inti, ¿es la carta agraria? Mis padres tienen un documento que dio el inti, el cual nos adjudica el terreno, ¿ese documento es la carta agraria?

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  3. Yo soy dueño de una pequeña finca donde tengo a un casero. El casero se puso a sembrar con otro, muy vivo, y al cabo de 2 años le tuve que decir al otro que se fuera ya que causaba muchas peleas y no dejaba al casero sembrar donde antes el casero sembraba. El otro ha introducido una solicitud de adjudicación de las tierras donde sembró por dos años a través del Inti. Tiene el otro derecho a que se le adjudiquen esas tierras aunque solo las trabajó dos años?

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    1. No amigo, lo antes mencionado es cuando son tierras del Estado, si usted dice que es propietario de una finca debe demostrar con el titulo de propiedad del terreno, ese es otro mecanismo que aplica para su caso.

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  4. A.mi madre la engañaron y la pusieron a firmar la.renuncia...en menos de los lapsos ya dicen q.son los.dueños..y nunca la.llevaron a oficina alguna del inti..

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  5. Quiero sembrar pero no tengo tierras alguien me podria ayudar que tenga tierra y no pueda trabajarlas todas 2 hct francicobocaney@hutmain.con

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  6. El Inti me otorgo una adjudicacion de tierra y carta agraria. Que debo hacer para constituir un fundo?

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  7. Hola Dios les bendiga quiero sembrar para producir alimentos para mi madre mi padre mi hija y yo, no tengo dinero para comprar tierras, algujien puede ayudarme? necesito unas 5 hectareas salvadoporcristo42 gmail com

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  8. Buenas tardes a mí padre le dieron la carta agraria mi hermano la tomo y la desapareció yo he trabajado las tierras por cinco años ya q estaban montaña volví a limpiar ahora mi hermano tiene una adjudicación de esas mismas tierras y no quiere cederme documento alguno el se quiere adueñar de él trabajo q he hecho por cinco años que debo hacer a donde debo acudir para q me ayuden con este problema esas tierras tenían 22 años sin ser tocadas desde q mi papá las dejo

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  9. Buenas tardes. Tengo un título de adjudicación de unas tierras q yo trabajo. Por 26 años he cancelado las cuotas que me exigen los directivos del sistema de riego. Resulta q nunca actualizaron la data y el punto de agua aparece a nombre de un tío mío q ya falleció. Yo solicite mi titularidad del punto del agua y los directivos me dicen q no pueden hacer eso. Q debo de hacer. Yo tengo recibos q ellos me han dado cuando he cancelado las cuotas

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